El difícil reto de legislar la movilidad
La movilidad es uno de los grandes retos al que se enfrentan las ciudades por varios motivos: el uso del espacio público, los problemas de tráfico o la huella medioambiental. Unos factores que están favoreciendo otras modalidades de transporte como la movilidad compartida que ofrece beneficios como una menor contaminación, un ahorro de costes para el usuario, o una ciudad más transitable.
Por lo tanto, para que esta modalidad pueda implementarse de manera eficiente y sea de verdad una solución a los problemas actuales, es necesario que exista una regulación homogénea entre los diferentes modos de transportes. Precisamente, en materia legislativa, las empresas piden homogeneizar la normativa entre los distintos territorios y que la ley recoja un marco general para el territorio nacional, pero esto no parece ser así, especialmente para en caso de las VTC.
Patinetes eléctricos, una regulación nacional desde enero.
Los patinetes eléctricos se han convertido en una de las opciones de movilidad más populares en nuestras ciudades, la demanda de patinetes eléctricos ha crecido en 2020 un 142 por ciento con respecto al año anterior, este incremento de usuarios no ha estado exento de ocasionar diversos problemas en las ciudades; atropellos de peatones, congestión de las aceras, etc. Hasta finales del año pasado España no gozaba de ningún tipo de legislación que delimitara el uso de los patinetes eléctricos a nivel nacional.
Todo ello ha sido posible debido a la laguna normativa en la que se encontraban estos vehículos, y que hasta el momento eran considerados poco más que "juguetes". Hasta entonces, la administración no se había tomado en serio una nueva realidad en la movilidad que había que normalizar y regular. Precisamente, el limbo normativo, ha permitido que empresas de vehículos compartidos, pudieran hacer y deshacer a su antojo sin ningún tipo de temor a sanción o represalia. Esta situación de alegalidad ha ido evolucionando hasta llegar a una situación insostenible en la que algunos consistorios han decidido prohibir la oferta de estos servicios a la espera de una regulación nacional. Porque, aunque algunas ciudades sí dieron el paso y establecieron normas para la instalación de vehículos eléctricos compartidos, la gran mayoría de ciudades españolas, han preferido esperar a que el Gobierno central fuera quien diera el primer paso.
Medida más que necesaria dado el auge que está experimentado el patinete eléctrico como solución al transporte urbano, que con la pandemia ha visto cómo su protagonismo en las grandes ciudades ha crecido exponencialmente, al igual que ha sucedido con las bicicletas eléctricas.
No fue hasta el 2 de enero de este año que entró en vigor la nueva regulación nacional de la Dirección General de Tráfico que unifica los criterios y restricciones impuestas a Vehículos de Movilidad Personal (VMP), donde queda clasificado estos patinetes. A su vez, la DGT confirmo que creará un manual técnico para expedir certificados de circulación que garanticen que los patinetes eléctricos (privados o compartidos) son aptos para uso.
Esta normativa, ya vigente, tiene como objetivo principal reducir la siniestralidad de los patinetes eléctricos. Para ello, entre otras medidas, se prohibirá la circulación por aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías o autopistas, así como circular por fuera de las ciudades y establece que la velocidad queda limitada a un máximo de 25 km/h. La DGT implementará su uso en carretera como un vehículo más y, por tanto, tendrá que someterse a las mismas leyes de tráfico que cualquier otro conductor. Su uso está prohibido si se ha bebido alcohol, si se está hablando por el teléfono móvil, se llevan puestos los auriculares o se transporta a otra persona.
Con esta nueva iniciativa por parte del Gobierno se busca regular los requisitos y condiciones de circulación de los vehículos de movilidad personal que se han hecho tan populares, armonizando así el uso de estas prácticas soluciones de movilidad eléctrica urbana en todo el ámbito nacional, al que se adelantaron varias ciudades a través de ordenanzas municipales regulando su uso en todo su territorio.
Sobre los certificados de circulación para VMP, todos los patinetes eléctricos deberán disponer de un documento emitido por el fabricante o por los importadores del vehículo. Este certificado servirá de ITV y deberá hacer constancia de que el patinete cumple con los requisitos mínimos impuestos por la normativa para circular por el territorio nacional. La DGT ha concedido una moratoria de dos años para que los fabricantes se puedan adaptar a este nuevo requisito.
VTC, una regularización con muchos baches.
La regulación de las licencias VTC (vehículos de transporte con conductor), aquellas que usan por ejemplo compañías como Uber y Cabify, llevan años siendo un quebradero de cabeza para la Administración desde hace varios años. Según determinó el decreto “Ábalos” solo queda algo más de un año para que termine el periodo en que las empresas con autorizaciones VTC pueden utilizarlas en las ciudades españolas. Cabe recordar que mediante el citado decreto aprobado por el Consejo de Ministros en septiembre de 2018 el Gobierno habilitó a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos para que puedan regular este sistema de transporte, concediéndoles una moratoria de cuatro años. A partir de ese periodo, todas las licencias de VTC pasarán a ser interurbanas, de forma que para poder seguir operando en trayectos urbanos deberán adaptarse a las respectivas normativas regionales y municipales. Por lo tanto, será a partir de octubre de 2022, cuando la inmensa mayoría de los coches que utilizan Uber y Cabify solo podrán llevar a cabo trayectos interurbanos, pero no dentro de las ciudades, a menos que las autoridades locales o autonómicas lo regulen de otra manera.
Para complicar aún más las cosas, el pasado enero la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) volvieron a poner de manifiesto al avisar al Gobierno de que la nueva normativa que limita estas licencias es desproporcionada. Además, asegura en su informe que el Supremo la puede volver a tumbar: “Es similar al declarado nulo por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 10 de marzo de 2020 y no satisface el requisito de proporcionalidad”.
Esto viene a raíz de la obligación de la nueva regulación que obliga a los VTC a comunicar los datos de clientes que sean personas jurídicas a un registro antes de cada trayecto. Según la medida redactada por el Ministerio de Transportes, los VTC solo podrían prestar servicios previamente contratados y estarían obligados a esa comunicación anterior al servicio, una de las reclamaciones principales de las asociaciones de taxistas a la que accedió el Gobierno tras la presión de sus protestas.
El decreto favorece al sector del taxi tradicional, un gremio históricamente muy regulado en España, que entendía que existía una falta de normativa en cuanto a los vehículos VTC que estaba beneficiando a estos últimos, porque no jugaban bajo las mismas reglas que el resto de los taxis.
Las licencias para vehículos de transporte con conductor (VTC) se crearon en España para dar cobertura legal a servicios como; coches para bodas, funerales o para el transporte de lujo, pero la llegada de compañías que las utilizan para dar un servicio muy parecido al del taxi hizo que el Ministerio viese necesario su regulación.
Bajo la legislación actual, no debería poder operar más de un vehículo VTC por cada 30 taxis tradicionales, pero de 2009 a 2015 esa norma no estuvo vigente y por eso la ratio actual es de un vehículo VTC por cada 6 taxis, en el caso de Madrid es mayor, de una proporción de un VTC por cada 3 taxis y Málaga es la provincia española con mayor proporción entre ambos medios de transporte con un VTC por cada 1,4 taxis (1.945 frente a 2.770).
Con la entrada en vigor del decreto “Ábalos”, se otorgaba a los dueños de estas licencias VTC un periodo de transición de 4 años a modo de indemnización, evitando compensar con indemnizaciones la revocación de esos permisos en las ciudades, donde tiene lugar el 95% del negocio de estos coches. Las VTC se defiende alegando que el plazo indemnizatorio determinado por el Ministerio es incorrecto por ello han solicitado que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre una posible inconstitucionalidad.
De hecho, se miran en el espejo de Cataluña y País Vasco, donde la imposición de la precontratación con una antelación mínima de una hora y 30 minutos, respectivamente, fue suspendida de forma cautelar por los tribunales. Además, en otras regiones como Baleares también ha sido impugnada por el sector de los VTC.
Este post está patrocinado por Trafic – Salón Internacional de la Movilidad Segura y Sostenible, que se celebrará entre el 2, 3 y 4 de noviembre de 2021 en Ifema, puedes encontrar más información aquí: https://www.ifema.es/trafic
La temática de este post (entre otras muchas más) formará parte del contenido del salón y se tratará con más detalle en los diferentes eventos que tendrá lugar en la propia feria durante esos días.