PROCESO EFICIENTE EN ADUANAS
Informamos que todos los productos procedentes de países no comunitarios deben pasar los trámites aduaneros, haciendo especial mención a que, desde el 01 de enero de 2020, Reino Unido pasó a ser tratado como tercer país, por lo que todas las expediciones que tengan origen Reino Unido deberán de regularizar su mercancía mediante el trámite aduanero correspondiente.
En caso de no regularizar la mercancía mediante los trámites aduaneros correspondientes y de no disponer de copia de los documentos acreditativos que respalden la regularización, no se autorizará la entrada de mercancía de exposición a la feria y les será retirada dicha mercancía a instancia de la autoridad competente en materia de Aduanas. Asimismo, esta documentación deberá de permanecer en el poder del representante de la empresa en el stand, junto con la mercancía que dicha declaración ampare, para así estar disponible en todo momento en caso de que la Aduana o el Resguardo Fiscal la requiera.
El material o mercancía para distribución o consumo debe abonar tasas españolas, aunque se trate de productos sin valor comercial (dependiendo del país puede variar la cuantía de los impuestos).
Está totalmente prohibido exponer, vender, consumir o distribuir mercancía no comunitaria en una feria, antes de haber regularizado la mercancía. Esta mención incluye el material promocional.
Para cualquier duda contactar con la empresa Operador de Aduanas,
DB SCHENKER, correo electrónico: ifema.madrid@dbschenker.com, teléfono +34 913305177