Información Fiscal y Aduanera
 
 

SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE IVA

DEDUCCIÓN A EXPOSITORES POR ACTIVIDADES DE EXPORTACIÓN

INFORMACIÓN ADUANERA

 
IFEMA
 
SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE IVA
 
IFEMA

SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE IVA PARA EXPOSITORES ESPAÑOLES: IVA PAGADO EN EL EXTRANJERO POR EMPRESAS ESPAÑOLAS

IFEMA, en colaboración con la Cámara de Comercio e Industria de Madrid, pone a su disposición un nuevo servicio consistente en la tramitación de larecuperación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) pagado en Determinados Países.

Las empresas españolas que son sujetos pasivos de IVA español, y asisten a ferias internacionales o bien realizan determinadas operaciones en países en los que no están establecidos, pueden tramitar la recuperación de IVA pagado por diversos conceptos, registrarse o disponer de un representante fiscal en un gran número de países.

En España, con carácter general, los conceptos por los que se puede recuperar el IVA son los siguientes:

- Participación en Ferias (alquiler del stand, servicios, etc)
- Alojamiento en hoteles.
- Restaurantes.
- Transporte de mercancías.
- Otros.


Los pa íses en los que se presta el servicio de Devolución de IVA se relacionan a continuación:
- Alemania
- Bulgaria
- Corea del Sur
- Eslovaquia
- Finlandia
- Grecia
- Irlanda
- Italia
- Lituania
- Malta
- Portugal
- Suecia
- Austria
- Canadá
- Eslovenia
- Francia
- Holanda
- Islandia
- Japón
- Luxemburgo
- Noruega
- Reino Unido
- Suiza
- Bélgica
- Chipre
- Dinamarca
- Estonia
- Mónaco
- Hungría
- Israel
- Letonia
- Macedonia
- Polonia
- República Checa
 

La tramitación y gestión es muy sencilla. Tan sólo tiene que cumplimentar el boletín adjunto y enviarlo al número de fax o la dirección de e-mail indicado. Le informaremos de todos los documentos necesarios a cumplimentar para que, en un plazo de 6 meses aproximadamente (dependiendo del país), su empresa reciba en su cuenta corriente, el importe de las cuotas de IVA pagadas. Este servicio se presta a través de la empresa VAT COMPANY ASESORES FISCALES, S.A.

El plazo para presentar los expedientes, finaliza en junio del año siguiente a la fecha de las facturas recibidas. Por lo que deberemos disponer de toda la documentación en nuestras oficinas antes del 15 de mayo. Pero no olvide que cuanto antes lo tramite, antes recibirá el diner.

El coste por la tramitación del servicio prestado es del 10% del IVA efectivamente recuperado, con un mínimo de 60 € por expediente.

Como servicios complementarios, le tramitamos además su representación fiscal y registro de IVA, así como consultoría en IVA de cualquiera de los países mencionados.

Si desea cualquier tipo de información, no dude en remitirnos el boletín adjunto y le contestaremos a la mayor brevedad posible.

  Versión PDF

 
SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE IVA PARA EXPOSITORES EXTRANJEROS: IVA PAGADO EN ESPAÑA POR EMPRESAS EXTRANJERAS

IFEMA, en colaboración con la Cámara de Comercio e Industria de Madrid, pone a su disposición un nuevo servicio consistente en la tramitación de la recuperación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) pagado en España.

La Administración Fiscal Española devuelve, de forma rápida y sencilla, las cuotas de IVA pagadas por diversos conceptos, a empresas no establecidas en España, siempre y cuando sean sujetos pasivos de IVA en los países que se relacionan a continuación:
- Alemania
- Bulgaria
- Corea del Sur
- Eslovaquia
- Finlandia
- Grecia
- Irlanda
- Italia
- Lituania
- Malta
- Portugal
- Suecia
- Austria
- Canadá
- Eslovenia
- Francia
- Holanda
- Islandia
- Japón
- Luxemburgo
- Noruega
- Reino Unido
- Suiza
- Bélgica
- Chipre
- Dinamarca
- Estonia
- Mónaco
- Hungría
- Israel
- Letonia
- Macedonia
- Polonia
- República Checa
En Espa ña, con carácter general, los conceptos por los que se puede recuperar el IVA son los siguientes:

- Participación en Ferias (alquiler del stand, servicios, etc)
- Alojamiento en hoteles.
- Restaurantes.
- Transporte de mercancías.
- Otros.


El expediente a presentar ante la Administración Fiscal Española, ha de incluir determinada documentación y facturas originales de los servicios recibidos o bienes adquiridos.

No olvide que es imprescindible disponer de las facturas originales de todos los gastos en los que incurra. Recuerde a sus empleados, que en sus desplazamientos a España, soliciten facturas originales debidamente cumplimentadas. Esto es:

- Que se identifique que se trata de una factura original (no son válidas las copias ni duplicados de la factura original)
- Que se emita a nombre de la empresa (no del empleado)
- Que contenga el nombre completo, domicilio y número de identificación fiscal (NIF), tanto del emisor de la factura  como del destinatario de las operaciones.
- Que describa las operaciones detalladamente, con importes individuales y totales.
- Que contenga la fecha completa y número de factura.
- El tipo o tipos de IVA (VAT) aplicados a las operaciones, así como la cuota tributaria.

La tramitación y gestión es muy sencilla.

Tan sólo tiene que cumplimentar el boletín incluido en el documento en formato pdf adjunto y enviarlo al número de fax (00 34) 91 538 36 76 o la dirección de e-mail: juan.ortiz@camaramadrid.es.

Le informaremos de todos los documentos necesarios a cumplimentar, para que en un plazo aproximado de tres meses (desde la tramitación del expediente), su empresa reciba en su cuenta corriente, el importe correspondiente a las cuotas de IVA pagadas en España. Este servicio se presta a través de la empresa VAT COMPANY ASESORES FISCALES, S.A.
El plazo para presentar los expedientes finaliza en junio del año siguiente a la fecha de las facturas recibidas. Por lo que deberemos disponer de toda la documentación en nuestras oficinas antes del 15 de mayo. Pero no olvide que cuanto antes lo tramite, antes recibirá el dinero.

El coste por la tramitación del servicio prestado es del 10% del IVA efectivamente recuperado, con un mínimo de 60 € por expediente.

Si desea recuperar con nosotros sus cuotas de IVA, contáctenos para que le detallemos los requisitos y documentación necesarios. Aproveche su desplazamiento a España para tramitar el expediente.

Como servicios complementarios, le tramitamos además su representación fiscal y registro de IVA, así como consultoría en IVA español.

Este mismo servicio de devolución de IVA, representación fiscal y registro de IVA, se presta en los países mencionados anteriormente.

  Versión PDF

 
DEDUCCIÓN A EXPOSITORES POR ACTIVIDADES DE EXPORTACIÓN.
 

El artículo 34.1 b) de la ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades, establece que "La realización de actividades de exportación dará derecho a practicar las siguientes deducciones de la cuota íntegra: el 25 por 100 del importe satisfecho en concepto de gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de productos, de apertura y prospección de mercados en el extranjero y de concurrencia a ferias, exposiciones y otras manifestaciones análogas, incluyendo en este caso las celebradas en España con carácter internacional ". El calendario de ferias internacionales en España se publica cada año en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.).
Esta dedución del 25 por 100 corresponde a la participación en ferias en los años 2006 y anteriores. Vease más adelante el porcentaje de deducción correspondiente a los años 2007 y siguientes.

Por remisión del art. 55.2 de la ley 40/1998, del IRPF, las personas que desarrollen esta actividad como actividad económica, y determinen su base imponible por el régimen de estimación directa, tienen derecho a practicar en la liquidación de dicho impuesto los incentivos fiscales previstos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades.

Como restricción, la normativa establece que la base de la deducción se minorará en el 65% de las subvenciones recibidas para la realización de las inversiones y gastos de referencia. Igualmente no procede esta deducción cuando el gasto o inversión se realice en un estado o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

La normativa citada contempla la condición de que los gastos tengan relación directa con su actividad exportadora. Por otra parte, la deducción no está condicionada a que la sociedad realice exportaciones en el periodo impositivo.

Los gastos susceptibles de constituir la base de la deducción son todos aquellos realizados para la asistencia a las ferias y exposiciones, entre los que cabría destacar los de viaje, alojamiento y mantenimiento del personal desplazado, o incluso, expresamente contratado al efecto; construcción, transporte e instalación de los stands; inscripción, alquiler de superficies y otros pagos a la organización; transporte de muestras, material publicitario, etc. (Consulta DGT 06/10/97).

La proyección plurianual de los gastos susceptibles de acogerse a la deducción es una exigencia que tan solo se contempla para los de publicidad y propaganda, por lo que los gastos de concurrencia a ferias internacionales pueden constituir gastos corrientes del ejercicio sin que por ello pierdan el derecho a beneficiarse de la deducción. (Consulta DGT 06/10/97).

Para la correcta interpretación del tratamiento de este precepto recomendamos remitirse a la ley del Impuesto sobre Sociedades o, en su caso, a la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

AÑOS 2007 Y SIGUIENTES

A partir de enero 2007 entrará en vigor la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Dicha ley establece la eliminación gradual de la deducción por actividades de exportación mediante una reducción lineal del 20% anual del tipo de la deducción de la cuota íntegra. El plazo de dicha eliminación gradual habrá de comenzar en el ejercicio de 2007 y finalizar en el ejercicio de 2010.

En concreto, el apartado 3 del punto 14 de la Disposición Final Segunda de la citada ley 35/2006, establece que el porcentaje de deducción aplicable por actividades de exportación será:

  • del 12% para el período impositivo de 2007,
  • del 9% para el período impositivo de 2008,
  • del 6% para el período impositivo de 2009, y
  • del 3% para el período impositivo de 2010.
 

   Ferias internacionales organizadas por IFEMA en el año 2006:

· Ferias en el año 2006: RESOLUCIÓN 18917, de la Secretaría de Estado de de Turismo y Comercio, de 26 de octubre   de 2005, (BOE núm. 275, 17 de noviembre de 2005).
 
 

FERIA

LEYENDA

ARCO

Feria Internacional de Arte Contemporáneo.

 

AULA

Salón Internacional del Estudiante y de la Oferta Educativa.

 

CIEN X CIEN

Salón Internacional de Jeans, Streetwear, Sportswear.

 

EXPODENTAL

Salón Internacional de Equipos, Productos y Servicios Dentales.

 

EXPOÓPTICA

Salón Internacional de Óptica y Optometría.

 

FERIA INTERNACIONAL DEL MUEBLE DE MADRID

 

FIAA

Feria Internacional del Autobús y del Autocar.

 

FITUR

Feria Internacional de Turismo.

 

IBERJOYA

Salón Internacional de la Joyería, Platería, Relojería e Industrias Afines.

 

IBERPIEL / MARROQUINERÍA

Salón Internacional de Marroquinería y Artículos de Piel.

 

IBERPIEL / PELETERÍA

Salón Internacional de Peletería y Confección en Piel.

 

IMAGENMODA

Salón Internacional de Moda Mujer.

 

INTERGIFT

Salón Internacional del Regalo.

 

INTERMODA

Salón Internacional de la Moda Pronta.

 

LIBER

Feria Internacional del Libro.

 

MATELEC

Salón Internacional de Material Eléctrico y Electrónico.

 

MODACALZADO

Salón Internacional del Calzado.

 

OFITEC

Salón Internacional del Mueble de Oficina.

 

PIEDRA

Feria Internacional de la Piedra Natural.

 

SALÓN INTERNACIONAL DEL AUTOMÓVIL DE MADRID

 

SICUR

Salón Internacional de la Seguridad.

 

SIMO

Feria Internacional de Informática, Multimedia y Comunicaciones.

 

TEM-TECMA

Feria Internacional del Urbanismo y del Medio Ambiente.

 

TEXTILMODA

Salón Textil Internacional para la Confección.

 
VETECO Salón Internacional de la Ventana y el Cerramiento Acristalado.

 

 

  Ferias internacionales organizadas por IFEMA en el año 2007:

· Ferias en el año 2007: RESOLUCIÓN 20640, de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, 9 de octubre de 2006, (BOE núm. 283, 27 de noviembre de 2006).

 

FERIA

LEYENDA

ARCO

Feria Internacional de Arte Contemporáneo.

 

AULA

Salón Internacional del Estudiante y de la Oferta Educativa.

 

BROADCAST

Salón Profesional Internacional de la Tecnologia Audiovisual.

 

CIEN X CIEN

Salón Internacional de Jeans, Streetwear, Sportswear.

 

CLIMATIZACIÓN

Salón Internacional de Aire Acondicionado, Calefacción, Ventilación y Refrigeración.

 

EXPOÓPTICA

Salón Internacional de Óptica y Optometría.

 

FERIA INTERNACIONAL DEL MUEBLE DE MADRID

 

FITUR

Feria Internacional de Turismo.

 

GENERA

Feria Internacional de Energía y Medio Ambiente.

 

IBERJOYA

Salón Internacional de la Joyería, Platería, Relojería e Industrias Afines.

 

IBERPIEL / MARROQUINERÍA

Salón Internacional de Marroquinería y Artículos de Piel.

 

IBERPIEL / PELETERÍA

Salón Internacional de Peletería y Confección en Piel.

 

IMAGENMODA

Salón Internacional de Moda Mujer.

 

INTERDIDAC

Salón Internacional del Material Educativo.

 

INTERGIFT

Salón Internacional del Regalo.

 

INTERMODA

Salón Internacional de la Moda Pronta.

 

INTERSICOP

Salón Internacional de la Panadería, Confitería e Industrias Afines.

 

MODACALZADO

Salón Internacional del Calzado.

 

MOTORTEC

Salón Internacional de Equipos y Componentes para la Automoción.

 

SALÓN LOOK INTERNACIONAL

 
SICI Salón Internacional de la Cocina Integral
 

SIMO

Feria Internacional de Informática, Multimedia y Comunicaciones.

 

TEXTILMODA

Salón Textil Internacional para la Confección.

 

TRAFIC

Salón Internacional de la Seguridad Vial y el Equipamiento para Carreteras.
 

VETECO

Salón Internacional de la Ventana y el Cerramiento Acristalado.

  Ferias internacionales organizadas por IFEMA en el año 2008:

· Ferias en el año 2008: RESOLUCIÓN 19735, de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, 30 de octubre de 2007, (BOE núm. 274, 15 de noviembre de 2007).

 

FERIA

LEYENDA

ARCO

Feria Internacional de Arte Contemporáneo.

 

AULA

Salón Internacional del Estudiante y de la Oferta Educativa.

 

BISUTEX

Salón Internacional de la Bisutería y Complementos

   

EXPODENTAL

Salón Internacional de Equipos, Productos y Servicios Dentales

 

EXPOÓPTICA

Salón Internacional de Óptica y Optometría.

 

FERIA INTERNACIONAL DEL MUEBLE DE MADRID

 

FIAA

Feria Internacional del Autobús y del Autocar

 

FITUR

Feria Internacional de Turismo.

 

GENERA

Feria Internacional de Energía y Medio Ambiente.

 

IBERJOYA

Salón Internacional de la Joyería, Platería, Relojería e Industrias Afines.

 

IBERPIEL / MARROQUINERÍA

Salón Internacional de Marroquinería y Artículos de Piel.

 

IBERPIEL / PELETERÍA

Salón Internacional de Peletería y Confección en Piel.

 

INTERGIFT

Salón Internacional del Regalo.

 

MATELEC

Salón Internacional de Material Eléctrico y Electrónico

 

MODACALZADO

Salón Internacional del Calzado.

 

OFITEC

Salón Profesional Internacional de Equipamiento de Oficinas y Colectividades

 

PIEDRA

Feria Internacional de la Piedra Natural.

 

SALÓN INTERNACIONAL DEL AUTOMÓVIL DE MADRID

 

SALÓN LOOK INTERNACIONAL

 

SICUR

Salón Internacional de la Seguridad

 

SIMM

Salón Internacional de Moda de Madrid

 

SIMO

Feria Internacional de Informática, Multimedia y Comunicaciones.

 

TEM TECMA

Feria Internacional del Urbanismo y del Medio Ambiente

 

TEXTILMODA

Salón Textil Internacional para la Confección.

 

VETECO

Salón Internacional de la Ventana y el Cerramiento Acristalado.

 
 
INFORMACIÓN ADUANERA
 

• Todos los productos procedentes de países no comunitarios deben pasar los trámites aduaneros.

• Los expositores deben disponer de los datos del agente de aduanas que efectúe los despachos de sus mercancías, o en su defecto c

opia de la documentación de aduana de la entrada en la Unión Europea.

• El material o mercancía para distribución o consumo paga tasas españolas, aunque se trate de productos sin valor comercial; dependiendo del país puede variar la cuantía de los impuestos.

• Toda mercancía sujeta a un T-1 no debe moverse del stand ni salir de Feria de Madrid hasta modificar su situación y gestionar los trámites aduaneros.

• Está totalmente prohibido vender o distribuir mercancía no comunitaria en una feria declarada internacional, antes de haber finalizado la tramitación aduanera.

• Los productos que sean transportados como equipaje de mano deben declararse en el aeropuerto en el Canal Rojo (“algo que declarar”), y se retendrán hasta que pasen los trámites correspondientes de aduana.

• La mercancía que no haya pasado control aduanero y esté en exposición, será confiscada por las autoridades hasta que se presenten los documentos oportunos.

DESPACHO DE ADUANAS
Recomendaciones para todos aquellos expositores que traigan material con necesidad de despacho de aduana (no comunitaria)
Tramitación de la mercancía:

 • Para una feria reconocida como internacional a efectos aduaneros por la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio:
- Mercancía que retornará a origen una vez finalizada la feria: T-1, tránsito comunitario.
- Mercancía para su distribución durante la feria: despacho definitivo.
- Mercancía para ambos fines: documentación y despacho separado para cada tipo de mercancía.

• Para una feria no reconocida como internacional:
- Mercancía que retornará a origen una vez finalice la feria: cuaderno ATA.
- Mercancía para distribuir durante la feria: despacho definitivo.
- Mercancía para ambos fines: idéntica tramitación.